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Cabe señalar que, tanto su regulación, rebaja y cese de los alientos requieren por ley, una mediación frustrada previa a la interposición de la demanda  ante los tribunales de familia. Por lo tanto dicho trámite resulta ser un requisito indispensable para iniciar su tramitación.

DEMANDA O DEFENSA DE ALIMENTOS

Es un derecho que puede ser exigido por menores de 21 años <alimentos menores> y por mayores de 21 pero menores de 28 años <alimentos mayores> que puede ser regulado de común acuerdo por los interesados, a través de la celebración de una mediación. Sin embargo, si las partes no logran conciliar sobre sus intereses  la ley señala que su regulación deberá ser ante el tribunal de familia que corresponda de acuerdo al domicilio del  alimentado.

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