top of page

DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO
Es aquella acción que interponen, conjuntamente los cónyuges ante un tribunal de familia, a fin que se declare el divorcio por haber cesado la convivencia por un plazo de un año. Los interesados, además, deberán acompañar a su solicitud un acuerdo completo y suficiente que regule, entre otras cosas; la situación patrimonial de las partes, asuntos de alimentos tanto respecto de hijo como de los cónyuges, si estos estuvieren regulados, régimen de visitas, entre otras.
bottom of page